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Modificaciones en Medidas de Divorcio a Raíz del COVID

Emma Mondragón Vial • 1 de febrero de 2021
Según la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA), la pandemia no se traducirá en un aumento significativo de separaciones, a pesar del incremento en las consultas sobre divorcio que los abogados han recibido desde el inicio del confinamiento. ¿El motivo? La crisis. El impacto del coronavirus en la estabilidad económica ha disuadido a muchos españoles de formalizar la ruptura matrimonial. 

Menos de un 30% de los profesionales del derecho familiar ha constatado un incremento de divorcios y separaciones tras el confinamiento superior al registrado después de periodos largos de convivencia, como por ejemplo, el verano o la Navidad. Sin embargo, los despachos de abogados no dejan de recibir a clientes atormentados por las consecuencias de un divorcio en plena pandemia. 

Alteración de las Medidas de Divorcio 

Muchos clientes desconocen que las medidas determinadas por el juez en una sentencia de divorcio se pueden modificar. Aunque se trate de normas establecidas según unas circunstancias concretas, no son, ni mucho menos, inalterables. 

Si has decidido divorciarte pero te preocupa la estabilidad de tus ingresos tras el COVID, has de saber que puedes solicitar al juzgado la modificación de estas medidas en el futuro. Tan solo necesitarás recurrir a un abogado que te asista con el proceso. 

¿Qué son las Medidas de Divorcio?

Se trata de aquellas relacionadas con los hijos, la vivienda familiar, las cargas del matrimonio y la liquidación del régimen económico matrimonial. Si las circunstancias en el momento en que se dicta sentencia se ven alteradas (por ejemplo, la pérdida de empleo o cualquier otra reducción considerable de los ingresos), se podrá solicitar al juez la modificación de las medidas. 

¿Qué cambios pueden modificar las Medidas de Divorcio?

Se contemplan cuatro tipos de circunstancias que pueden modificar las medidas de divorcio:
  • Sustanciales, cuando afectan al núcleo de la medida. Por ejemplo, si la capacidad económica del alimentante aumenta o disminuye considerablemente. 
  • Permanentes, cuando se trate de cambios duraderos, como por ejemplo, el ascenso laboral de una de las partes. 
  • Imprevisibles, cuando se trate de situaciones no previsibles en el momento de dictar sentencia. El coronavirus es un buen ejemplo. 
  • Involuntarias, cuando los cambios no se produzcan por voluntad de quien solicita la modificación. Por ejemplo, cuando uno de los alimentantes ve su jornada reducida. 

Las alteraciones en las medidas de divorcio deberán ser probadas por la parte que solicite la modificación.

¿Cómo solicitar la modificación de las Medidas de Divorcio?

La modificación de medidas puede realizarse mediante un acuerdo entre las partes. Sin embargo, no es lo más habitual. Cuando el proceso contencioso es iniciado por una de las partes sin consentimiento de la otra, suele llevar más tiempo. En este caso, cada uno de los cónyuges ha de estar representado y asistido por su procurador y abogado. 

Un abogado de familia es el profesional indicado para ayudarte con la modificación de medidas tras la sentencia de divorcio, que comenzarán con la solicitud del denominado Procedimiento de Modificación de Medidas. 

En Mondragón Asociados abogados contamos con algunos de los mejores profesionales del derecho de familia en Barcelona. Nuestros abogados se encargarán de los trámites de tu divorcio o separación para que puedas dedicarte a rehacer tu vida tras el COVID. 


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